El Consejo de Ministros estudiará hoy la nueva Ley de Fomento Empresarial, una normativa que incluye, entre sus títulos, uno específico dedicado a fijar el régimen de las llamadas plataformas de financiación participativa: es decir, de lo que todos conocemos como crowdfunding o micromecenazgo, un sector que en 2012 movió casi diez millones de euros al año en España.
Entre todos los aspectos que el Gobierno pretende regular figuran, por ejemplo, las cantidades máximas que podrán ser aportadas por un solo microinversor: ninguno podrá invertir más de 3.000 euros en un mismo proyecto de crowdfunding, y tampoco podrá aportar más de 6.000 euros en un año, incluso aunque sea en varios proyectos diferentes.
Según adelanta el periódico digital El Confidencial, el borrador de ley con el que trabaja el Gobierno ahora mismo establecerá, además, que el importe máximo de captación de fondos por cada proyecto de financiación participativa no podrá superar, en ningún caso, el millón de euros.
Asimismo, de acuerdo con la nueva ley, las plataformas españolas de crowdfunding deberán registrarse en la CNMV y en el Banco de España, a quienes deberán especificar cuál será su programa de actividades, cómo van a organizar su administración y su contabilidad y quiénes serán sus socios y administradores. La solicitud de inscripción podrá ser suspendida por cualquiera de estos dos organismos si sospechan que la influencia de alguno de los participantes en la plataforma puede dañar su correcta gestión.
La ley prevé multas por incumplimiento de esta obligación de estar inscrito, así como por resistirse a las inspecciones de la CNMV o el Banco de España y por realizar actividades que se consideren no reguladas.Las sanciones mínimas serán de 25.000 euros, y las máximas de 200.000. También está previsto que se pueda prohibir a estas plataformas operar durante un plazo de cinco años.
Las aportaciones del público a los proyectos de crowdfunding podrá canalizarse a través de la emisión o suscripción de valores, participaciones de sociedades de responsabilidad limitada (supervisadas, ambas, por la CNMV) o, directamente, a través de la solicitud de un préstamo (ésta última supervisada por el Banco de España).
El borrador también prevé que quienes promuevan los proyectos de microfinanciación colectiva deberán estar válidamente constituidos en España: esto significa que quienes actúen como personas físicas y soliciten crowdfunding a través de préstamos deberán tener establecida su residencia fiscal en nuestro país.
El gobierno también pretende limitar los préstamos concedidos de forma que no incorporen garantía hipotecaria sobre la vivienda del promotor del proyecto o sus socios.
Por otro lado, para quedar legalmente constituidas, las nuevas plataformas de crowdfunding deberán tenerun capital social igual o superior a los 50.000 euros, o, en su defecto, disponer de un seguro de responsabilidad civil cuya cobertura anual sea de 150.000 euros anuales.
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